SEGUNDA PARTE
LA CELEBRACIÓN DEL MISTERIO CRISTIANO
SEGUNDA SECCIÓN:
LOS SIETE SACRAMENTOS DE LA IGLESIA
CAPÍTULO SEGUNDO
LOS SACRAMENTOS DE CURACIÓN
ARTÍCULO 4
EL SACRAMENTO DE LA PENITENCIA Y DE LA RECONCILIACIÓN
La confesión de los pecados
1455 La confesión de los pecados (acusación), incluso desde un punto de vista simplemente humano, nos libera y facilita nuestra reconciliación con los demás. Por la confesión, el hombre se enfrenta a los pecados de que se siente culpable; asume su responsabilidad y, por ello, se abre de nuevo a Dios y a la comunión de la Iglesia con el fin de hacer posible un nuevo futuro.
1456 La confesión de los pecados hecha al sacerdote constituye una parte esencial del sacramento de la Penitencia: "En la confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de que tienen conciencia tras haberse examinado seriamente, incluso si estos pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos últimos mandamientos del Decálogo (cf Ex 20,17; Mt 5,28), pues, a veces, estos pecados hieren más gravemente el alma y son más peligrosos que los que han sido cometidos a la vista de todos" (Concilio de Trento: DS 1680):
1457 Según el mandamiento de la Iglesia "todo fiel llegado a la edad del uso de razón debe confesar, al menos una vez la año, fielmente sus pecados graves" (CIC can. 989; cf. DS 1683; 1708). "Quien tenga conciencia de hallarse en pecado grave que no comulgue el Cuerpo del Señor sin acudir antes a la confesión sacramental (cf DS 1647, 1661) a no ser que concurra un motivo grave y no haya posibilidad de confesarse; y, en este caso, tenga presente que está obligado a hacer un acto de contrición perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes" (CIC can. 916; CCEO can. 711). Los niños deben acceder al sacramento de la Penitencia antes de recibir por primera vez la Sagrada Comunión (CIC can. 914).
1458 Sin ser estrictamente necesaria, la confesión de los pecados veniales, sin embargo, se recomienda vivamente por la Iglesia (cf Concilio de Trento: DS 1680; CIC 988, §2). En efecto, la confesión habitual de los pecados veniales ayuda a formar la conciencia, a luchar contra las malas inclinaciones, a dejarse curar por Cristo, a progresar en la vida del Espíritu. Cuando se recibe con frecuencia, mediante este sacramento, el don de la misericordia del Padre, el creyente se ve impulsado a ser él también misericordioso (cf Lc 6,36):
La satisfacción
1459 Muchos pecados causan daño al prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restituir las cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado, compensar las heridas). La simple justicia exige esto. Pero además el pecado hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes que el pecado causó (cf Concilio de Trento: DS 1712). Liberado del pecado, el pecador debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por tanto, debe hacer algo más para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de manera apropiada o "expiar" sus pecados. Esta satisfacción se llama también "penitencia".
1460 La penitencia que el confesor impone debe tener en cuenta la situación personal del penitente y buscar su bien espiritual. Debe corresponder todo lo posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos. Puede consistir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, sacrificios, y sobre todo, la aceptación paciente de la cruz que debemos llevar. Tales penitencias ayudan a configurarnos con Cristo que, el Único, expió nuestros pecados (Rm 3,25; 1 Jn 2,1-2) una vez por todas. Nos permiten llegar a ser coherederos de Cristo resucitado, "ya que sufrimos con él" (Rm8,17; cf Concilio de Trento: DS 1690):
VIII. El ministro de este sacramento
1461 Puesto que Cristo confió a sus Apóstoles el ministerio de la reconciliación (cf Jn 20,23; 2 Co 5,18), los obispos, sus sucesores, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ejerciendo este ministerio. En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden, tienen el poder de perdonar todos los pecados "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo".
1462 El perdón de los pecados reconcilia con Dios y también con la Iglesia. El obispo, cabeza visible de la Iglesia particular, es considerado, por tanto, con justo título, desde los tiempos antiguos, como el que tiene principalmente el poder y el ministerio de la reconciliación: es el moderador de la disciplina penitencial (LG 26). Los presbíteros, sus colaboradores, lo ejercen en la medida en que han recibido la tarea de administrarlo, sea de su obispo (o de un superior religioso) sea del Papa, a través del derecho de la Iglesia (cf CIC can 844; 967-969, 972; CCEO can. 722,3-4).
1463 «Ciertos pecados particularmente graves están sancionados con la excomunión, la pena eclesiástica más severa, que impide la recepción de los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos (cf CIC can 1331; CCEO can 1420), y cuya absolución, por consiguiente, sólo puede ser concedida, según el derecho de la Iglesia, por el Papa, por el obispo del lugar, o por sacerdotes autorizados por ellos (cf CIC can 1354-1357; CCEO can. 1420). En caso de peligro de muerte, todo sacerdote, aun el que carece de la facultad de oír confesiones, puede absolver de cualquier pecado y de toda excomunión» (cf CIC can 976; para la absolución de los pecados, CCEO can. 725).
1464 Los sacerdotes deben alentar a los fieles a acceder al sacramento de la Penitencia y deben mostrarse disponibles a celebrar este sacramento cada vez que los cristianos lo pidan de manera razonable (cf CIC can. 986; CCEO, can 735; PO 13).
1465 Cuando celebra el sacramento de la Penitencia, el sacerdote ejerce el ministerio del Buen Pastor que busca la oveja perdida, el del Buen Samaritano que cura las heridas, del Padre que espera al hijo pródigo y lo acoge a su vuelta, del justo Juez que no hace acepción de personas y cuyo juicio es a la vez justo y misericordioso. En una palabra, el sacerdote es el signo y el instrumento del amor misericordioso de Dios con el pecador.
1466 El confesor no es dueño, sino el servidor del perdón de Dios. El ministro de este sacramento debe unirse a la intención y a la caridad de Cristo (cf PO 13). Debe tener un conocimiento probado del comportamiento cristiano, experiencia de las cosas humanas, respeto y delicadeza con el que ha caído; debe amar la verdad, ser fiel al magisterio de la Iglesia y conducir al penitente con paciencia hacia su curación y su plena madurez. Debe orar y hacer penitencia por él confiándolo a la misericordia del Señor.
1467 Dada la delicadeza y la grandeza de este ministerio y el respeto debido a las personas, la Iglesia declara que todo sacerdote que oye confesiones está obligado a guardar un secreto absoluto sobre los pecados que sus penitentes le han confesado, bajo penas muy severas (CIC can. 983-984. 1388, §1; CCEO can 1456). Tampoco puede hacer uso de los conocimientos que la confesión le da sobre la vida de los penitentes. Este secreto, que no admite excepción, se llama "sigilo sacramental", porque lo que el penitente ha manifestado al sacerdote queda "sellado" por el sacramento.
IX. Los efectos de este sacramento
1468 "Toda la fuerza de la Penitencia consiste en que nos restituye a la gracia de Dios y nos une con Él con profunda amistad" (Catecismo Romano, 2, 5, 18). El fin y el efecto de este sacramento son, pues, la reconciliación con Dios. En los que reciben el sacramento de la Penitencia con un corazón contrito y con una disposición religiosa, "tiene como resultado la paz y la tranquilidad de la conciencia, a las que acompaña un profundo consuelo espiritual" (Concilio de Trento: DS 1674). En efecto, el sacramento de la reconciliación con Dios produce una verdadera "resurrección espiritual", una restitución de la dignidad y de los bienes de la vida de los hijos de Dios, el más precioso de los cuales es la amistad de Dios (Lc15,32).
1469 Este sacramento reconcilia con la Iglesia al penitente. El pecado menoscaba o rompe la comunión fraterna. El sacramento de la Penitencia la repara o la restaura. En este sentido, no cura solamente al que se reintegra en la comunión eclesial, tiene también un efecto vivificante sobre la vida de la Iglesia que ha sufrido por el pecado de uno de sus miembros (cf 1 Co 12,26). Restablecido o afirmado en la comunión de los santos, el pecador es fortalecido por el intercambio de los bienes espirituales entre todos los miembros vivos del Cuerpo de Cristo, estén todavía en situación de peregrinos o que se hallen ya en la patria celestial (cf LG 48-50):
1470 En este sacramento, el pecador, confiándose al juicio misericordioso de Dios, anticipaen cierta manera el juicio al que será sometido al fin de esta vida terrena. Porque es ahora, en esta vida, cuando nos es ofrecida la elección entre la vida y la muerte, y sólo por el camino de la conversión podemos entrar en el Reino del que el pecado grave nos aparta (cf 1 Co5,11; Ga 5,19-21; Ap 22,15). Convirtiéndose a Cristo por la penitencia y la fe, el pecador pasa de la muerte a la vida "y no incurre en juicio" (Jn 5,24).
Resumen
1485 En la tarde de Pascua, el Señor Jesús se mostró a sus Apóstoles y les dijo: "Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan perdonados; a quienes se los retengáis, les quedan retenidos" (Jn 20, 22-23).
1486 El perdón de los pecados cometidos después del Bautismo es concedido por un sacramento propio llamado sacramento de la conversión, de la confesión, de la penitencia o de la reconciliación.
1487 Quien peca lesiona el honor de Dios y su amor, su propia dignidad de hombre llamado a ser hijo de Dios y el bien espiritual de la Iglesia, de la que cada cristiano debe ser una piedra viva.
1488 A los ojos de la fe, ningún mal es más grave que el pecado y nada tiene peores consecuencias para los pecadores mismos, para la Iglesia y para el mundo entero.
1489 Volver a la comunión con Dios, después de haberla perdido por el pecado, es un movimiento que nace de la gracia de Dios, rico en misericordia y deseoso de la salvación de los hombres. Es preciso pedir este don precioso para sí mismo y para los demás.
1490 El movimiento de retorno a Dios, llamado conversión y arrepentimiento, implica un dolor y una aversión respecto a los pecados cometidos, y el propósito firme de no volver a pecar. La conversión, por tanto, mira al pasado y al futuro; se nutre de la esperanza en la misericordia divina.
1491 El sacramento de la Penitencia está constituido por el conjunto de tres actos realizados por el penitente, y por la absolución del sacerdote. Los actos del penitente son: el arrepentimiento, la confesión o manifestación de los pecados al sacerdote y el propósito de realizar la reparación y las obras de penitencia.
1492 El arrepentimiento (llamado también contrición) debe estar inspirado en motivaciones que brotan de la fe. Si el arrepentimiento es concebido por amor de caridad hacia Dios, se le llama "perfecto"; si está fundado en otros motivos se le llama "imperfecto".
1493 El que quiere obtener la reconciliación con Dios y con la Iglesia debe confesar al sacerdote todos los pecados graves que no ha confesado aún y de los que se acuerda tras examinar cuidadosamente su conciencia. Sin ser necesaria, de suyo, la confesión de las faltas veniales está recomendada vivamente por la Iglesia.
1494 El confesor impone al penitente el cumplimiento de ciertos actos de "satisfacción" o de "penitencia", para reparar el daño causado por el pecado y restablecer los hábitos propios del discípulo de Cristo.
1495 Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo.
1496 Los efectos espirituales del sacramento de la Penitencia son:
— la reconciliación con Dios por la que el penitente recupera la gracia;
— la reconciliación con la Iglesia; — la remisión de la pena eterna contraída por los pecados mortales; — la remisión, al menos en parte, de las penas temporales, consecuencia del pecado; — la paz y la serenidad de la conciencia, y el consuelo espiritual; — el acrecentamiento de las fuerzas espirituales para el combate cristiano.
1497 La confesión individual e integra de los pecados graves seguida de la absolución es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia.
1498 Mediante las indulgencias, los fieles pueden alcanzar para sí mismos y también para las almas del Purgatorio la remisión de las penas temporales, consecuencia de los pecados.
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¿Confesarse con un hombre?
Por: P. Paulo Dierckx y P. Miguel Jordá | Fuente: Para dar razón de nuestra Esperanza, sepa defender su Fe
El otro día, hablando de la confesión alguien me dijo: «¿Cómo se le ocurre que yo me voy a confesar con un pecador como yo? Yo me confieso con Dios y punto. Entro en mi habitación, oro con fervor y Dios me perdona». Le contesté que el asunto no es tan simple. Muchas veces acomodamos la religión a nuestra manera, y así pasa también con la confesión. La confesión no es solamente «pecar, orar y listo». Hay que buscar a un sacerdote. Hacer un gran acto de humildad. Decirle sus pecados. Y luego recibir una corrección fraterna y la absolución del sacerdote de la Iglesia. Eso no lo han inventado los curas. Hay claras indicaciones en la Biblia acerca de la confesión delante de un ministro de la Iglesia.
Queridos hermanos católicos, en esta carta quiero explicarles primero lo que nos enseña la Biblia acerca del perdón de los pecados, y luego voy a contestar algunas dudas acerca de la confesión que algunos hermanos de otra religión nos plantean. Muchos católicos, sin mayor formación religiosa, fácilmente se dejan influenciar por estas inquietudes y sin darse cuenta se les van los grandes tesoros que Jesús confió a su Iglesia. Con esta carta no quiero ofender a nadie, pero lo que me mueve a escribir estas líneas es el amor por la verdad. Ya que solamente «la verdad nos hará libres» (Jn. 8, 32).
¿Qué nos enseña la Biblia acerca del perdón de los pecados?
1. Jesús perdona los pecados.
En el Antiguo Testamento el perdón de los pecados era un derecho solamente de Dios. Ningún profeta y ningún sacerdote del Antiguo Testamento pronunció absolución de pecados. Sólo Dios perdonaba el pecado.
En el Nuevo Testamento, por primera vez, aparece alguien, al lado de Dios Padre, que perdona los pecados: Jesús. El Hijo de Dios dijo de sí mismo: «El Hijo del Hombre tiene poder de perdonar los pecados en la tierra» (Mc. 2, 10).
Y en verdad Jesús ejerció su poder divino: «Cuando Jesús vio la fe de aquella gente, dijo al paralítico: Hijo, tus pecados te son perdonados» (Mc. 2, 5).
Frente a una mujer pecadora Jesús dijo: «Sus pecados, sus numerosos pecados le quedan perdonados, por el mucho amor que mostró» (Lc. 7, 47).
Y en la cruz Jesús se dirigió a un criminal arrepentido: «En verdad te digo que hoy mismo estarás conmigo en el Paraíso» (Lc. 23, 43).
2. Jesús comunicó el poder de perdonar pecados a sus apóstoles. Jesús quiso que todos sus discípulos, tanto en su oración como en su vida y en sus obras, fueran signo e instrumento de perdón. Y pidió a sus discípulos que siempre se perdonaran las ofensas unos a otros (Mt. 18, 15-17).
Sin embargo, Jesús confió el ejercicio del poder de absolución solamente a sus apóstoles. Jesús quería que la reconciliación con Dios pasara por el camino de la reconciliación con la Iglesia. Lo expresó particularmente en las palabras solemnes a Simón Pedro: «A ti te daré las llaves del Reino de los Cielos; y lo que ates en la tierra quedará atado en los cielos, y lo que desates en la tierra quedará desatado en los cielos» (Mat. 16, 19). Esta misma autoridad de «atar» y «desatar» la recibieron después todos los apóstoles (Mt. 18, 18). Las palabras «atar» y «desatar» significan: Aquel a quien excluyen ustedes de su comunión, será excluido de la comunión con Dios. Aquel a quien ustedes reciben de nuevo en su comunión, será también acogido por Dios. Es decir, la reconciliación con Dios pasa inseparablemente por la reconciliación con la Iglesia.
El mismo día de la Resurrección, Jesucristo se apareció a los apóstoles, sopló sobre sus cabezas y les dijo: «Reciban el Espíritu Santo. A quienes perdonen los pecados, les quedarán perdonados y a quienes se los retengan, les quedarán retenidos» (Jn. 20, 22-23).
Y en la Iglesia primitiva ya existía el ministerio de la reconciliación como dice el apóstol Pablo: «Todo eso es la obra de Dios, que nos reconcilió con El en Cristo, y que a mí me encargó la obra de la reconciliación» (2 Cor. 5, 18).
3. Los apóstoles comunicaron el poder divino de perdonar pecados a sus sucesores.
Las palabras de Jesucristo sobre el perdón de los pecados no fueron sólo para los Doce apóstoles, sino para pasarlas a todos sus sucesores. Los apóstoles las comunicaron con la imposición de manos. Escribe el apóstol Pablo a su amigo Timoteo: «Te recomiendo que avives el fuego de Dios que está en ti por la imposición de mis manos» (2 Tim. 1, 6).
Los apóstoles estaban conscientes de que Jesucristo tenía una clara intención de proveer el futuro de la Iglesia; estaban convencidos de que Jesús quería una institución que no podía desaparecer con la muerte de los apóstoles. El Maestro les había dicho: «Sepan que Yo estoy con ustedes todos los días hasta el fin del mundo» (Mt. 28, 20), y «las fuerzas del infierno no podrán vencer a la Iglesia» (Mt. 16, 18). Así las promesas de Jesús a Pedro y a los apóstoles, no sólo valen para sus personas, sino también para sus legítimos sucesores.
Como conclusión podemos decir: Cristo confió a sus apóstoles el ministerio de la reconciliación (Jn. 20, 23; 2 Cor. 5, 18). Los obispos, o sucesores de los apóstoles, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ahora ejerciendo este ministerio. Ellos tienen el poder de perdonar los pecados «en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo».
Dudas que plantean otras iglesias acerca de la confesión
1. ¿En qué se basan los católicos para decir que los sacerdotes pueden perdonar los pecados?
La Iglesia Católica lee con atención toda la Biblia y acepta la autoridad divina que Jesús dejó en manos de los Doce apóstoles y sus legítimos sucesores. Esto ya está explicado. El poder divino de perdonar pecados está claramente expresado en lo que hizo y dijo Jesús ante sus apóstoles: El Señor sopló sobre sus cabezas y les dijo: «Reciban el Espíritu Santo. A quienes perdonen los pecados, les quedan perdonados; y a quienes se los retengan les quedan retenidos» (Jn. 20, 22-23).
Los apóstoles murieron y, como Cristo quería que ese don llegara a todas las personas de todos los tiempos, les dio ese poder de manera que fuera transmisible, es decir, que ellos pudieran transmitirlo a sus sucesores. Y así los sucesores de los apóstoles, los obispos, lo delegaron a «presbíteros», o sea, a los sacerdotes. Estos tienen hoy el poder que Jesús dio a sus apóstoles: «A quienes perdonen los pecados, les quedan perdonados» y nunca agradeceremos bastante este don de Dios que nos devuelve su gracia y su amistad
2. ¿Para qué decir los pecados a un sacerdote, si Jesús simplemente los perdonaba?
Es verdad que Jesús perdonaba los pecados sin escuchar una confesión. Pero el Maestro divino leía claramente en los corazones de la gente, y sabía perfectamente quiénes estaban dispuestos a recibir el perdón y quiénes no. Jesús no necesitaba esta confesión de los pecados. Ahora bien, como el pecado toca a Dios, a la comunidad y a toda la Iglesia de Cristo, por eso Jesús quería que el camino de la reconciliación pasara por la Iglesia que está representada por sus obispos y sacerdotes. Y como los obispos y sacerdotes no leen en los corazones de los pecadores, es lógico que el pecador tiene que manifestar los pecados. No basta una oración a Dios en el silencio de nuestra intimidad.
Además el hombre está hecho de tal manera que siente la necesidad de decir sus pecados, de confesar sus culpas, aunque llegado el momento le cuesta. El sacerdote debe tener suficiente conocimiento de la situación de culpabilidad y de arrepentimiento del pecador. Luego el sacerdote, guiado por el espíritu de Jesús que siempre perdona, juzgará y pronunciará la absolución: «Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre, y del Hijo y del Espíritu Santo». La absolución es realmente un juicio que se pronuncia sobre el pecador arrepentido. Es mucho más que un sentirse liberado de sus pecados. Es decir, a los ojos de Dios: no existen más esos pecados. Está realmente justificado. Y como consecuencia lógica, dada la delicadeza y la grandeza de este misterio del perdón, el sacerdote está obligado a guardar un secreto absoluto de los pecados de sus penitentes.
3. «Pero el sacerdote es pecador como nosotros», dirán algunos.
Y les respondo: También los Doce apóstoles eran pecadores y sin embargo Jesús les dio poder para perdonar pecados. El sacerdote es humano y dice todos los días: «Yo pecador» y la Escritura dice: «Si alguien dice que no ha pecado, es un mentiroso» (1Jn. 1, 8). Aquí la única razón que aclara todo es esta: Jesús lo quiso así y punto. Jesús fundamentó la Iglesia sobre Pedro sabiendo que Pedro era también pecador. Y Jesús dio el poder de perdonar, de consagrar su Cuerpo y de anunciar su Palabra a hombres pecadores, precisamente para que más aparecieran su bondad y su misericordia hacia todos los hombres. Con razón nosotros los sacerdotes reconocemos que llevamos este tesoro en vasos de barro y sentimos el deber de crecer día a día en santidad para ser menos indignos de este ministerio.
El sacerdote perdona los pecados por una sola razón: porque recibió de Jesucristo el poder de hacerlo. Además, durante la confesión aprovecha para hacer una corrección fraterna y para alentar al penitente. El confesor no es el dueño, sino el servidor del perdón de Dios.
Y otro punto importante es que el sacerdote concede el perdón «en la persona de Cristo»; y cuando dice «Yo te perdono...» no se refiere a la persona del sacerdote sino a la persona de Cristo que actúa en él. Los que se escandalizan y dicen ¿cómo un sacerdote que es un hombre puede perdonar a otro hombre? es que no entienden nada de esto.
¿Qué otras diferencias hay entre católicos y protestantes acerca de la confesión?
El protestante comete pecados, ora a Dios, pide perdón, y dice que Dios lo perdona. Pero ¿cómo sabe que, efectivamente, Dios le ha perdonado? Muy difícilmente queda seguro de haber sido perdonado.
En cambio el católico, después de una confesión bien hecha, cuando el sacerdote levanta su mano consagrada y le dice: «Yo te absuelvo en el nombre del Padre...», queda con una gran seguridad de haber sido perdonado y con una paz en el alma que no encuentra por ningún otro camino.
Por eso decía un no-católico: «Yo envidio a los católicos. Yo cuando peco, pido perdón a Dios, pero no estoy muy seguro de si he sido perdonado o no. En cambio el católico queda tan seguro del perdón que esa paz no la he visto en ninguna otra religión». En verdad,la confesión es el mejor remedio para obtener la paz del alma.
El católico sabe que no es simplemente: «Pecar y rezar, y listo». Pongamos un caso: Una mujer católica comete un aborto. No puede llegar a su pieza, rezar y decir que todo está arreglado. No. Ella tiene que ir a un sacerdote y confesarle su pecado. Y el sacerdote le hará ver lo grave de su pecado, un pecado que lleva a la excomunión de la Iglesia. El sacerdote le aconsejará una penitencia fuerte. Ella quizás hasta llorará en ese momento y antes del próximo aborto seguramente lo pensará tres veces... ¿Y ese señor que compra lo robado? ¿Y esa novia que no se hace respetar por el novio? ¿Y esa mujer que quita la fama con su lengua? ¿Y ese borracho?...
Confesando sus pecados, se encontrarán con alguien que les habla en nombre de Dios y les hace reflexionar y cambiar su vida.
Queridos hermanos, termino esta carta con una gran esperanza de que nosotros los católicos seamos capaces de descubrir de nuevo el gran tesoro de la confesión.
Cuántos miles de personas mejoraron su vida sólo con hacer una buena confesión. Un gran psicólogo decía: «Yo no conozco ningún método tan bueno para mejorar una vida como la confesión de los católicos». Espero que este «gran tesoro» que dejó Jesús en su Iglesia, sea también provechoso para el crecimiento de nuestra vida espiritual.
Décima a lo Divino por el Hijo Pródigo:
Padre de mi corazón
aquí estoy arrepentido,
a tus pies estoy rendido,
concédeme tu perdón.
Póngame la bendición
y olvide usted sus enojos
como pisando entre abrojos
hoy he llegado hasta aquí
a hacerle correr por mí
las lágrimas de sus ojos.
La Confesión
Dios, lo que más quiere es que después de esta vida vayamos a gozar con Él en el cielo. Por desgracia los hombres a veces desobedecemos a Dios y hacemos el mal; cada vez que pasa esto perdemos la oportunidad de ir al cielo. Pero Dios ama a sus hijos con un amor tan grande, que quiso dejarles un medio para que pudieran pedirle perdón. Esto que nos dejó es:
EL SACRAMENTO DE LA CONFESIÓN.
LA CONFESIÓN
¿ QUÉ ES LA CONFESIÓN ?
- Cuando pecas pierdes la amistad con Dios y se te cierran las puertas del cielo.
- La CONFESIÓN es el sacramento que TE DA EL PERDÓN DE LOS PECADOS que has hecho, reconciliándote con Dios
¿ CUÁNDO EMPEZÓ LA CONFESIÓN ?
El mismo día en que resucitó entre los muertos, Jesús nos dejó el sacramento de la Confesión.
- En la tarde del domingo de resurrección, Jesús se apareció a sus apóstoles y les dijo:
¨ Como me envió mi Padre, así les envío yo. Reciban el Espíritu Santo, a quien les perdonen los pecados, les serán perdonados; y a los que nos se los perdonen, no les seràn perdonados ¨
- Como ves, Jesús mismo diò a los sacerdotes el ¨poder¨ para perdonar los pecados.
- Algunas personas de sectas dicen que no se necesita confesarse con el sacerdote, que sólo hay que pedir perdón a Dios directamente. No te dejes confundir, esto no es cierto. En este evangelio ( Jn 20,19-23) vemos muy claro que Cristo da a sus apóstoles ( los primeros sacerdotes ) el poder de perdonar los pecados y no dice que cada persona pida perdón a Dios directamente para que se le perdonen.
- Para saber como se hace una confesión, lo primero que hay que entender es:
¿ QUÉ ES PECAR ?
- Pecar es HACER EL MAL , desobedecer a Dios y ofenderlo.
- ¿ Y cómo se cuándo peco ? Pues pecas cuando no cumples los diez mandamientos de Dios. Estos mandamientos acuérdate que te los explicamos en el folleto número 4 y son:
1) Amarás a Dios sobre todas las cosas.
2) No jurarás el nombre de Dios en vano.
3) Santificarás las fiestas.
4) Honrarás a tu padre y a tu madre.
5) No matarás.
6) No cometerás actos impuros.
7) No robarás.
8) No mentirás.
9) No consentirás pensamientos ni deseos impuros.
10) No desearás los bienes ajenos.
- Los pecados, según lo graves que sean pueden ser: pecados mortales o pecados veniales.
¿ QUÉ ES UN PECADO MORTAL ?
- Para que un pecado sea mortal, debe cumplir tres condiciones:
1) Que el pecado sea GRAVE, o sea, grande.
2) Que el pecador SEPA que eso que va a hacer ¨es pecado¨.
3) Que a pesar de saber que eso es pecado, decida hacerlo.
¿ QUÉ ES UN PECADO VENIAL ?
- Es hacer un pecado pequeño, una falta leve contra la ley de Dios.
- Pongamos un ejemplo: una persona que dice una mentira grande que va a hacerle mucho mal a otra persona, y lo hace sabiendo que mentir es pecado, comete un pecado mortal. Una persona que dice una mentirita pequeña comete un pecado venial. Mentir es siempre pecado, pero hay de mentiras a mentiras ¿no?
- ¿ Qué pecados deben confesarse ?
Deben confesarse todos los pecados mortales que no se hayan confesado antes.
- ¿ Es necesario confesar los pecados veniales?
Según el Catecismo no es necesario, bastaría con pedir perdón a Dios, pero la Iglesia nos recomienda confesarlos, porque cada vez que nos confesamos recibimos una GRACIA ESPECIAL, una ayuda de Dios para no volver a caer.
¿ CÓMO DEBE HACERSE LA CONFESIÓN ?
- Para confesarse hay que hacer varias cosas que te iremos explicando cada una :
1) Hacer un EXAMEN DE CONCIENCIA.
2) LA CONTRICIÓN.
3) EL PROPÓSITO DE ENMIENDA.
4) LA CONFESIÓN DE LOS PECADOS.
5) La PENITENCIA.
6) RECIBIR LA ABSOLUCIÓN del padre.
1) EL EXAMEN DE CONCIENCIA
- Lo primero que hay que hacer es PENSAR EN QUÉ PECADOS HAS COMETIDO desde la última vez que te confesaste. A esto se le llama hacer un examen de conciencia.
2) LA CONTRICIÓN
- Esto significa que tú pecador sientas en tu alma un verdadero DOLOR por haber cometido ese pecado y haber ofendido a Dios. Contrición significa arrepentimiento.
- Recuerda que no hay pecado, por grande que sea, que no pueda ser perdonado si te acercas a la misericordia de Dios con un corazón arrepentido.
- Para que el arrepentimiento sea perfecto, debes pensar que te arrepientes de tus pecados PORQUE AMAS A DIOS y no por miedo a irte al infierno.
3) PROPÓSITO DE ENMIENDA
- Se necesita también que tengas la intención firme de NO VOLVER A COMETER ESE PECADO. La persona que se confiesa con la idea de que va a volver a hacer ese pecado y no le importa (pues al fin, se vuelve a confesar), no tiene verdadero arrepentimiento.
4) CONFESAR LOS PECADOS
- Es decirle al padre los pecados, sin darle vueltas, tratando de ser claro y no olvidando ninguno.
- No tengas pena ni miedo, recuerda que el padre representa a Jesús; es Jesús quien te ama, te escucha y te perdona. Y recuerda que después de la confesión tendrás de nuevo la amistad con Dios y podrás vivir más cerca de El.
5) LA PENITENCIA
- Es lo que el padre le dice que debe hacer, al que se confiesa, para reparar el daño que hizo por su pecado. La mayoría de las veces el padre te deja de penitencia unas oraciones, otras te puede pedir que hagas algo para componer el mal que hiciste, por ejemplo regresar lo robado, o decir la verdad al que le mentiste. Esto último, se llama reparar el pecado.
6) LA ABSOLUCIÓN
- Al terminar la confesión el padre te da la absolución, o sea, el PERDÓN de tus pecados diciendo: ¨ Yo te absuelvo de tus pecados en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo¨
y hace la señal de la cruz sobre tu persona.
PROPÓSITO DEL MES :
- Prepara una buena confesión, busca al sacerdote y dile que quieres confesarte. No sabes cuanta paz y felicidad se tiene después de pedir perdón a Dios por tus faltas.
¡ Recuerda que Dios te ama y te perdona siempre !
Fuente: la verdadcatolica